La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ha anunciado una prórroga generalizada de seis meses para la obligatoriedad de la Factura Electrónica, originalmente establecida para el 15 de mayo de 2025, aplicable a los Grandes Contribuyentes Locales y Contribuyentes Medianos.
¿Quiénes califican para la prórroga?
Esta extensión solo aplica a los contribuyentes que:
- Estén actualmente en proceso de implementación de la Factura Electrónica.
- Completen el Formulario de Solicitud para ser Emisor Electrónico, disponible en la Oficina Virtual de la DGII o presencialmente en los CAPs o Administraciones Locales.
📌 Importante: No es necesario enviar una solicitud adicional. El formulario es el único requisito para aplicar la prórroga.
¿Qué pasa si no cumples en el nuevo plazo?
Una vez vencida la prórroga (noviembre de 2025), quienes no hayan completado la certificación incurrirán en infracciones tributarias según la Ley 32-23, con sanciones detalladas en sus artículos 27, 28 y 29.
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